El Consejo de Ministros aprobará hoy el Plan de Vivienda 2018-2021, que incluye ayudas para el alquiler, la compra y la rehabilitación, que tendrán efectos retroactivos desde el pasado 1 de enero. Resumimos las principales subvenciones que contempla el proyecto y que se conocen hasta el momento, los diferentes beneficiarios, así como los requisitos a cumplir en cada uno de los casos.
Si no hay cambios de última hora, el Consejo de Ministros de este 9 de marzo dará luz verde al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, un programa que contempla ayudas para el alquiler o la rehabilitación de viviendas y vuelve a subvencionar la compra de casas.
A pesar de que fue presentado por Fomento en mayo del 2017 su aprobación se ha retrasado casi un año e incluirá las modificaciones que han pactado las comunidades autónomas con la cartera que lidera Íñigo de la Serna.
¿Y qué podemos esperar de la normativa? Para empezar, que las ayudas tendrán carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero y, además, que tiene diferentes beneficiarios: los inquilinos jóvenes y mayores de 65 años, los desahuciados, los jóvenes interesados en comprar una vivienda, las comunidades de vecinos y las promotoras (y organismos públicos).
Resumimos las principales ayudas, así como los requisitos a cumplir:
Las ayudas a la compra de una vivienda solo están disponibles para los jóvenes menores de 35 años. ¿Y en qué consiste? Básicamente, en una subvención de hasta 10.800 euros para la adquisición, siempre y cuando no sea propietario de un inmueble.
Ahora bien, hay otras dos consideraciones generales a tener en cuenta: según el diario El Pais la ayuda está condicionada a que la casa esté ubicada en municipios de menos de 5.000 habitantes (medida que va destinada a evitar la despoblación de las zonas rurales), mientras que el diario ABC recuerdaque la ayuda se hará efectiva una vez que el comprador aporte la escritura pública de la compraventa. En el caso de que la vivienda no esté construida (es decir, la adquisición sea sobre plano), la ayuda se recibirá cuando el beneficiario aporte el contrato privado que incluya la subvención como parte de las entregas a cuenta, así como el aval o seguro sobre dichas entregas que exige la Ley de Ordenación de la Edificación.
En este caso, los beneficiarios son tanto los propietarios de viviendas unifamiliares como las comunidades de vecinos de viviendas colectivas (pisos).
Hay diferentes actuaciones que son objeto de subvención, como por ejemplo las relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la vivienda, como la mejora de la envolvente térmica de la vivienda; la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; el establecimiento de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables; la aplicación de mejoras que protejan del ruido o la instalación de sistemas que contribuyan a reducir la contaminación interior del inmueble.
Las ayudas son de 12.000 euros para las viviendas unifamiliares (sube en 1.000 euros más si el inmueble esté catalogado como un Bien de Interés Cultural (BIC), y 8.000 euros en el caso de los pisos. En el caso de edificios de viviendas, el límite también serán 8.000 euros por vivienda.
Entre los requisitos están que el inmueble sea anterior a 1996, que sea el hogar habitual del propietario o arrendatario y que se presenten varios documentos: un Informe de Evaluación del Edificio o la ITE correspondiente actualizada, el acuerdo de la comunidad de propietarios y el proyecto de las actuaciones a realizar. Además, los plazos máximos para realizar las obras son de entre 12 y 18 meses desde que se concede la licencia municipal. Para los chalets, por ejemplo, es un año, mientras que para los edificios que dispongan de más de 40 viviendas, el límite es año y medio.
Por último, el Plan de Vivienda 2018-2021 también contempla subvenciones para todos aquellos que construyan viviendas destinadas al alquiler, ya sean promotores privados u organismos públicos. Además, las casas deben estar destinadas al alquiler durante 25 años.
Consisten básica en subvencionar hasta 300 euros/m2 útil, con un límite del 40% de la inversión y de hasta 31.500 euros por vivienda, siempre que el inquilino tenga unos ingresos de hasta 4,5 veces el IPREM (33.838,15 euros) y que el precio máximo del alquiler sea de 7 euros mensuales por m2 útil. En el caso de que las casas estén destinadas a alquileres más baratos (para inquilinos que ganen menos de 22.365,42 euros; esto es, tres veces el IPREM), las ayudas aumentan a 350 euros/m2 útil, con un límite del 50% de la inversión y de hasta 36.750 euros por cada vivienda.
Fuentes: idealista/news
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